El blog de Marta
domingo, 10 de junio de 2012
Bienvenidos a mi blog !!!!!! dedicado a penitenciarías , soy Marta Ledesma García estudiante de 2º de Trabajo social en la universidad de Salamanca , Aquí encontraréis información relacionada con este ámbito , recursos institucionales, internacionales, enlaces de interés , directorios , bibliografía interesante .... . Espero que os sirva de ayuda .Un saludo
-RECURSOS INSTITUCIONALES:
Ministerio de Justicia
Fiscal.es
Audiencia Provincial » inicio
"Las Audiencias Provinciales son tribunales de justicia con
ámbito territorial provincial y sede en la capital de provincia, de la que
toman su nombre. Estos órganos judiciales se estructuran funcionalmente en
secciones (de lo penal, de lo contencioso-administrativo, de lo social, de
vigilancia penitenciaria, y de menores), cada una de las cuales está integrada
por tres o cuatro magistrados."
En esta página, encontrarás toda la información relativa a las Audiencias Provinciales: su localización, datos de contacto, selección de sentencias dictadas, etc...
En esta página, encontrarás toda la información relativa a las Audiencias Provinciales: su localización, datos de contacto, selección de sentencias dictadas, etc...
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/portal/administracionPenitenciaria/organizacion/serviciosCentrales/subdireccionGeneralServiciosPenitenciarios.html
SGIP: Subdirección General de Servicios Penitenciarios (Ministerio del Interior)
Encargada del desarrollo y ejecución de la gestión económica y
financiera de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, así como
las propuestas de revisión del Plan de Infraestructuras Penitenciarias y las
relaciones con la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios
(SIEP, S.A.).
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550194/DetalleInicio.htm
Ministerio de Justicia
El Ministerio de Justicia es el Departamento ministerial
responsable de preparar, dirigir y ejecutar la política del Gobierno en materia
de Justicia.
http://www.fiscal.es/cs/Satellite?cid=1240559967365&language=es&pagename=PFiscal/Page/FGE_home
Fiscal.es
El Ministerio Fiscal es un órgano de relevancia constitucional y
con personalidad jurídica propia integrado con autonomía funcional en el Poder
Judicial, al que el artículo 124 de la Constitución Española, se refiere en los
siguientes términos:
El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante ellos la satisfacción del interés social.
El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.
La norma básica que regula el Ministerio Fiscal español es el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, aprobado por Ley 50/81 de 30 de diciembre y modificado por la Ley 24/2007, de 9 de octubre, que refuerza su autonomía y moderniza su organización territorial.
En el Estatuto Orgánico se contiene la regulación básica de las funciones, la organización, estructura y principios, normas de actuación, formas de acceso y pérdida de la condición de Fiscal, los derechos y deberes de los Fiscales y el régimen disciplinario.
Los principios de legalidad e imparcialidad son los que rigen en todo caso la actuación del Ministerio Fiscal. Por el principio de legalidad el Ministerio Fiscal actúa con sujeción a la Constitución, a las leyes y demás normas que integran el ordenamiento jurídico. Por el principio de imparcialidad el Ministerio Fiscal actúa con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le están encomendados.
El Ministerio Fiscal es un órgano único para todo el Estado y sus miembros son autoridad a todos los efectos, actuando siempre en representación de toda la Institución.
El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante ellos la satisfacción del interés social.
El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.
La norma básica que regula el Ministerio Fiscal español es el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, aprobado por Ley 50/81 de 30 de diciembre y modificado por la Ley 24/2007, de 9 de octubre, que refuerza su autonomía y moderniza su organización territorial.
En el Estatuto Orgánico se contiene la regulación básica de las funciones, la organización, estructura y principios, normas de actuación, formas de acceso y pérdida de la condición de Fiscal, los derechos y deberes de los Fiscales y el régimen disciplinario.
Los principios de legalidad e imparcialidad son los que rigen en todo caso la actuación del Ministerio Fiscal. Por el principio de legalidad el Ministerio Fiscal actúa con sujeción a la Constitución, a las leyes y demás normas que integran el ordenamiento jurídico. Por el principio de imparcialidad el Ministerio Fiscal actúa con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le están encomendados.
El Ministerio Fiscal es un órgano único para todo el Estado y sus miembros son autoridad a todos los efectos, actuando siempre en representación de toda la Institución.
Información referente a la administración penitenciaria ,
los establecimientos penitenciarios , la reeducación y la reeinsercción social
, vida en prisión , penas y medidas alternativas , leyes referentes a
penitenciarias.
RECURSOS INTERNACIONALES:
Esta página contiene :
-Recomendación CM/Rec (2010) 1, de 20 de enero de 2010, que aprueba las Reglas de Condena Condicional.
-Recomendación CM/Rec (2008) 11, de 05 de noviembre de 2008, que aprueba las Reglas europeas para los menores delincuentes objeto de sanciones y medidas.
-Recomendación CM/Rec (2006) 13, de 27 de septiembre de 2006, sobre el uso de la detención preventiva, las condiciones en que se lleva a cabo y la prestación de garantías contra los abusos.
- Recomendación CM/Rec (2006) 2, de 11 de enero de 2006, sobre las Reglas Penitenciarias Europeas.
-Recomendación CM/Rec (2003) 22, de 24 de septiembre de 2003, relativa a la libertad condicional.
-Convenio sobre la Ciberdelincuencia.
Budapest, 23 de noviembre de 2001.
- Convenio Europeo sobre Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos.
Estrasburgo, 24 de noviembre de 1983.
- Convenio sobre traslado personas condenadas.
Estrasburgo, 21 de marzo de 1983.
- Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal.
Estrasburgo, 20 de abril de 1959.
Esta página contiene :
-Recomendación CM/Rec (2010) 1, de 20 de enero de 2010, que aprueba las Reglas de Condena Condicional.
-Recomendación CM/Rec (2008) 11, de 05 de noviembre de 2008, que aprueba las Reglas europeas para los menores delincuentes objeto de sanciones y medidas.
-Recomendación CM/Rec (2006) 13, de 27 de septiembre de 2006, sobre el uso de la detención preventiva, las condiciones en que se lleva a cabo y la prestación de garantías contra los abusos.
- Recomendación CM/Rec (2006) 2, de 11 de enero de 2006, sobre las Reglas Penitenciarias Europeas.
-Recomendación CM/Rec (2003) 22, de 24 de septiembre de 2003, relativa a la libertad condicional.
-Convenio sobre la Ciberdelincuencia.
Budapest, 23 de noviembre de 2001.
- Convenio Europeo sobre Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos.
Estrasburgo, 24 de noviembre de 1983.
- Convenio sobre traslado personas condenadas.
Estrasburgo, 21 de marzo de 1983.
- Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal.
Estrasburgo, 20 de abril de 1959.
Considerando
que, de conformidad con los principios proclamados en la Carta de las Naciones
Unidas, el reconocimiento de los derechos iguales e inalienables de todos los
miembros de la familia humana es la base de la libertad, la justicia y la paz
en el mundo,
Reconociendo que estos derechos emanan de la dignidad inherente de la persona humana,
Considerando la obligación que incumbe a los Estados en virtud de la Carta, en particular del Artículo 55, de promover el respeto universal y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales,
Teniendo en cuenta el artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que proclaman que nadie será sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes,
Teniendo en cuenta asimismo la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 1975,
Deseando hacer más eficaz la lucha contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en todo el mundo,
Reconociendo que estos derechos emanan de la dignidad inherente de la persona humana,
Considerando la obligación que incumbe a los Estados en virtud de la Carta, en particular del Artículo 55, de promover el respeto universal y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales,
Teniendo en cuenta el artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que proclaman que nadie será sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes,
Teniendo en cuenta asimismo la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 1975,
Deseando hacer más eficaz la lucha contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en todo el mundo,
Principios
básicos para el tratamiento de los reclusos,Adoptados y proclamados por la
Asamblea General en su resolución 45/111, de 14 de diciembre de 1990.De las
naciones unidas para los derechos humanos
.
Los
pasados 29 de febrero y 1 de marzo tuvo lugar en Pisa un Congreso
Internacional con el mismo nombre que el de este artículo (en español “La
cárcel en Europa: entre la reinserción y la exclusión”), organizado por
la asociación de Abogados Europeos Demócratas, con el apoyo del
Colegio de Abogados de Pisa, la Unión de Tribunales Penales Italianos y
la Universidad de
Pisa, así como con el patrocinio del Ayuntamiento de Pisa y del Ministerio de
Justicia italiano.
El Congreso tenía previsto abordar tres grandes cuestiones: la detención en Europa, los sujetos y mecanismos de exclusión, y las medidas alternativas. A través de estos bloques nos íbamos adentrando en cuestiones como si es todavía necesaria la cárcel, la capacidad de control del Comité europeo para la Prevención de la Tortura, la detención y expulsión de las personas no europeas, la severidad de las penas para los menores infractores, o la economía del sistema carcelario.
Pisa, así como con el patrocinio del Ayuntamiento de Pisa y del Ministerio de
Justicia italiano.
El Congreso tenía previsto abordar tres grandes cuestiones: la detención en Europa, los sujetos y mecanismos de exclusión, y las medidas alternativas. A través de estos bloques nos íbamos adentrando en cuestiones como si es todavía necesaria la cárcel, la capacidad de control del Comité europeo para la Prevención de la Tortura, la detención y expulsión de las personas no europeas, la severidad de las penas para los menores infractores, o la economía del sistema carcelario.
http://www.spf.gov.ar/
Servicio Penitenciario Federal Argentino
Ejemplo
de funcionamiento , proyectos del servicio penitenciario argentino
Recomendaciones
para la posibilidad de instaurar una nueva politica penitenciaria.
El
presente Manual es una publicación conjunta de la Oficina de las Naciones
Unidas en Viena y el Instituto de
Educación de la UNESCO (UIE) en Hamburgo (Alemania) y está basado en un borrador preparado por el Instituto
de Educación de la UNESCO en Hamburgo (Alemania). En el UIE, Peter Sutton fue el coordinador del proyecto.
El borrador fue revisado en una reunión de expertos celebrada en enero de 1994. La publicación de la versión
inglesa del Manual ha sido posible gracias a la generosidad de la División Penitenciaria del Estado de Maryland,
Baltimore, Maryland (EE.UU.)
Consta de un proyecto de investigación en la educación básica en los establecimientos penitenciarios.
Normas internacionales y regionales e iniciativas en materia de educación en establecimientos penitenciarios.
El contexto de la educación en los establecimientos penitenciarios.
Programas de educación básica en los establecimientos penitenciarios :El reto de la metodología para la educación de adultos.
Los efectos de la enseñanza básica sobre prisiones.
Educación de la UNESCO (UIE) en Hamburgo (Alemania) y está basado en un borrador preparado por el Instituto
de Educación de la UNESCO en Hamburgo (Alemania). En el UIE, Peter Sutton fue el coordinador del proyecto.
El borrador fue revisado en una reunión de expertos celebrada en enero de 1994. La publicación de la versión
inglesa del Manual ha sido posible gracias a la generosidad de la División Penitenciaria del Estado de Maryland,
Baltimore, Maryland (EE.UU.)
Consta de un proyecto de investigación en la educación básica en los establecimientos penitenciarios.
Normas internacionales y regionales e iniciativas en materia de educación en establecimientos penitenciarios.
El contexto de la educación en los establecimientos penitenciarios.
Programas de educación básica en los establecimientos penitenciarios :El reto de la metodología para la educación de adultos.
Los efectos de la enseñanza básica sobre prisiones.
Análisis
estadístico del número de delitos , causas más frecuentes que suponen
un factor importante para la delincuencia.
Tasas de po
Tasas de po
blación encarcelada en
España , Europa occidental ,Estados Unidos.
Número de presos por prisión (Noruega , Dinamarca , Suecia,Holanda, Portugal , Irlanda , Italia, Bélgica, Francia , Austria , Grecia , Luxemburgo , Alemania , Reino Unido y España.
Los problemas penales principales que actualmente existen en España.
Nº de delitos conocidos a cada persona en prisión.
Extranjeros en prisión sobre el total de personas encarceladas en Europa occidental.
Alternativas a prisión.
Evolución de reincidencia.
Número de presos por prisión (Noruega , Dinamarca , Suecia,Holanda, Portugal , Irlanda , Italia, Bélgica, Francia , Austria , Grecia , Luxemburgo , Alemania , Reino Unido y España.
Los problemas penales principales que actualmente existen en España.
Nº de delitos conocidos a cada persona en prisión.
Extranjeros en prisión sobre el total de personas encarceladas en Europa occidental.
Alternativas a prisión.
Evolución de reincidencia.
El
Libro Verde analiza la interacción entre las condiciones de detención, los
instrumentos de reconocimiento mutuo, como la orden de detención europea,
y la detención preventiva, además de iniciar una amplia consulta pública
sobre la base de diez cuestiones recogidas en el Libro.
El
objetivo del presente informe es ofrecer una visión general de los
programas específicos para mujeres que han sufrido violencia de género y
para hombres que han sido maltratadores en las instituciones
penitenciarias de los estados de la Unión Europea (en adelante UE). El
informe se basa en la investigación sobre los programas existentes a través
de bibliografía específica y de la comunicación con las
Administraciones Penitenciarias Nacionales de los estados de los países
de la UE. Para poder proporcionar una visión más completa de la situación
en las prisiones de la UE en relación a este tema, el siguiente apartado
busca ofrecer un resumen de la legislación y políticas europeas en
relación con él.
Se
trata de realizar una radiografía al sistema y de abrir el debate sobre
si se trata de la medida más eficiente para enfrentar los problemas del
sistema penitenciario asociados a la sobrepoblación penal y a la escasez
de probabilidades de reinserción social a mediano y largo plazo.
Además, esta novena edición incluye, entre otras noticias, información sobre la instalación de una propuesta piloto de defensa especializada en ejecución penal, por parte de la Defensoría Penal Pública de Chile, y sobre novedosas formas de
enfrentar el fenómeno de la delincuencia en Estados Unidos.
Como siempre “Debates Penitenciarios” da a conocer nuevas publicaciones de gran utilidad para profesionales que trabajan en el área y destaca diversos enlaces con sitios electrónicos que plantean miradas y temáticas novedosas para aproximarse al tema penitenciario.
Además, esta novena edición incluye, entre otras noticias, información sobre la instalación de una propuesta piloto de defensa especializada en ejecución penal, por parte de la Defensoría Penal Pública de Chile, y sobre novedosas formas de
enfrentar el fenómeno de la delincuencia en Estados Unidos.
Como siempre “Debates Penitenciarios” da a conocer nuevas publicaciones de gran utilidad para profesionales que trabajan en el área y destaca diversos enlaces con sitios electrónicos que plantean miradas y temáticas novedosas para aproximarse al tema penitenciario.
Los
centros penitenciarios deben cumplir con estándares
internacionales. Una construcción apropiada y ajustada a
rigurosos estándares requiere diseñadores especializados
internacionales. Una construcción apropiada y ajustada a
rigurosos estándares requiere diseñadores especializados
Mediante
la protección de los derechos de los presos, el equipo de mantenimiento de la
paz de las Naciones Unidas promueve la fe en el sistema judicial de un país y
su estabilidad a largo plazo
NORMATIVA Y LEGISLACIÓN ESPECÍFICA:
http://www.boe.es/boe/dias/2000/01/13/pdfs/A01422-01441.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2003/12/26/pdfs/A46025-46096.pdf
http://www.boe.es/aeboe/consultas/enlaces/documentos/leyes_procesales/ley_enjuiciamiento_criminal.pdf
http://www.boe.es/aeboe/consultas/enlaces/documentos/ConstitucionCASTELLANO.pdf
https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/legislacion/normativa_estatal/common/pdfs/E.31-cp--Reglamento-Penitenciario.pdf
http://www.acaip.info/info/circulares/2004_1.pdf
BOE.es:
Legislación consolidada., última actualización
http://www.ub.edu/dpenal/LOG_%20PENITENCIARIA.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2009/12/05/pdfs/BOE-A-2009-19564.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/1995/11/24/pdfs/A33987-34058.pdf
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/export/sites/default/datos/descargables/instruccionesCirculares/CIRCULAR_1-2012.pdf
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/export/sites/default/datos/descargables/legislacion/Decreto_840-2011_medidas_alternativaas.pdf
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/export/sites/default/datos/descargables/legislacion/LEY_ORGANICA_GENERAL_PENITENCIARIA_1979.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2000/01/13/pdfs/A01422-01441.pdf
LEY ORGÁNICA 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los
menores.
menores.
http://www.boe.es/boe/dias/2003/12/26/pdfs/A46025-46096.pdf
LEY ORGÁNICA 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la
Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
http://www.boe.es/aeboe/consultas/enlaces/documentos/leyes_procesales/ley_enjuiciamiento_criminal.pdf
Incluye las modificaciones operadas por la Ley
13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación
procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial,
que entrará en vigor el 4 de mayo de 2010
13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación
procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial,
que entrará en vigor el 4 de mayo de 2010
http://www.boe.es/aeboe/consultas/enlaces/documentos/ConstitucionCASTELLANO.pdf
constitución española.
https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/legislacion/normativa_estatal/common/pdfs/E.31-cp--Reglamento-Penitenciario.pdf
REAL DECRETO 190/1996 de 9 de febrero por el que se aprueba el
Reglamento Penitenciario
http://www.acaip.info/info/circulares/2004_1.pdf
referente al manual de procedimiento y pautas de
funcionamiento de las líneas de actuación del trabajo social
BOE.es:
Legislación consolidada., última actualización
El artículo 25 de la Constitución Española establece que el
cumplimiento de las penas privativas de libertad estará dirigido a la
reeducación y reinserción social, así como que los condenados a penas de
prisión tendrán derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios
correspondientes a la Seguridad Social.
http://www.ub.edu/dpenal/LOG_%20PENITENCIARIA.pdf
Aprobada por LO 1/1979, de 26-9 (BOE 5-10). Modificada
posteriormente por LLOO 13/1995,de 18-12, 5, de 27-5, 6 y 7/2003, de 30-7.
http://www.boe.es/boe/dias/2009/12/05/pdfs/BOE-A-2009-19564.pdf
Real Decreto 1849/2009, de 4 de diciembre, por el que se
modifica el Real
Decreto 515/2005, de 6 de mayo, que establece las circunstancias de ejecución de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad y de localización permanente, de determinadas medidas de seguridad, así como de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad.
Decreto 515/2005, de 6 de mayo, que establece las circunstancias de ejecución de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad y de localización permanente, de determinadas medidas de seguridad, así como de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad.
http://www.boe.es/boe/dias/1995/11/24/pdfs/A33987-34058.pdf
Código penal.LEY ORGANICA 10/1995, de 23 de noviembre, del
C6digo Penal.
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/export/sites/default/datos/descargables/instruccionesCirculares/CIRCULAR_1-2012.pdf
instrucciones y circulares que regulan : Permisos de
salida y salidas programadas: 1 Marco conceptual. 2 Ámbito de aplicación. 3
Instrumentos para toma de decisiones. 4 Permisos extraordinarios. 5 Permisos
ordinarios. 6 Normas comunes a permisos ordinarios y extraordinarios. 7 Salidas
programadas del art. 114 RP. 8 Salidas regulares en segundo grado. 9 Gestión de
los permisos. (02/04/2012)
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/export/sites/default/datos/descargables/legislacion/Decreto_840-2011_medidas_alternativaas.pdf
Real Decreto 840/2011, de 17 de junio, por el que se establecen
las
circunstancias de ejecución de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad y de localización permanente en centro penitenciario, de determinadas medidas de seguridad, así como de la suspensión de la ejecución de la penas privativas de libertad y sustitución de penas
circunstancias de ejecución de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad y de localización permanente en centro penitenciario, de determinadas medidas de seguridad, así como de la suspensión de la ejecución de la penas privativas de libertad y sustitución de penas
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/export/sites/default/datos/descargables/legislacion/LEY_ORGANICA_GENERAL_PENITENCIARIA_1979.pdf
LEY ORGANICA 1/1979, de 26 de septiembre, GENERAL PENITENCIARIA.
Norma que establece las directrices del moderno sistema penitenciario y que consagra como rasgos más sobresalientes el principio de legalidad en la ejecución de la pena, la potenciación del régimen abierto, la implantación del Juez de Vigilancia y en definitiva la instauración de un moderno sistema penitenciario basado en la concepción de la pena como una medida de prevención especial encaminada a la reeducación y reinserción social de los penados.
Norma que establece las directrices del moderno sistema penitenciario y que consagra como rasgos más sobresalientes el principio de legalidad en la ejecución de la pena, la potenciación del régimen abierto, la implantación del Juez de Vigilancia y en definitiva la instauración de un moderno sistema penitenciario basado en la concepción de la pena como una medida de prevención especial encaminada a la reeducación y reinserción social de los penados.
DIRECTORIOS ESPECÍFICOS:
http://www.finmatun.com/
FINMATUN
http://www.gitanos.org/areas/poblacion_reclusa/fsgg.html
La
Fundación en Población Reclusa | Fundacion Secretariado Gitano
http://www.apromar.org/
http://www.eslabon.org/
WEB
Asociación Eslabón
http://www.horizontesabiertos.org/
Colabora - Fundación Horizontes Abiertos
http://www.acope.es/
ACOPE
- Asociación de Colaboradores con las Mujeres Presas
http://www.eurosur.org/marillac/
Index
http://www.apintegracion.org/quienes.html
Asociación de profesionales por la
Integración en Castilla - La Mancha:.
http://www.cupif.org/
http://www.finmatun.com/
FINMATUN
La Asociación Cultural Finmatun es un colectivo de creadores del
ámbito de las artes visuales, de la música y de la producción artística que,
desde el 2006, trabaja de una manera estable desarrollando acciones de
creación, dinamización social y producción artística con personas privadas de
libertad y en contextos socialmente desfavorable
¿Quiénes somos?
¿Qué pensamos?
¿Qué hacemos?
¿Cómo lo hacemos?
Un poco de historia
¿Quiénes somos?
¿Qué pensamos?
¿Qué hacemos?
¿Cómo lo hacemos?
Un poco de historia
DAE, Centro Penitenciario Ponent
El Departamento de Atención Especializada (DAE) ubicado en el
Centro Penitenciario de Ponent (Lérida) atiende a aquellas personas que cumplen
penas de prisión y que presentan una problemática de drogodependencia. Se
encuentra ubicado dentro del módulo 7 del centro penitenciario y tiene una
capacidad para 180 personas.
http://www.gitanos.org/areas/poblacion_reclusa/fsgg.html
La
Fundación en Población Reclusa | Fundacion Secretariado Gitano
Intervención con la población gitana reclusa.
http://www.prisiones.info/
Prisiones e Instituciones Penitenciarias
Centros penitenciarios y centros de inserción social.
http://www.apromar.org/
APROMAR - Asociación Pro-Recuperación de Marginados
Reinserción de presos y expresos. Pisos de acogida, apoyo
laboral, educación social, atención psicológica.
Permisos 2º grado, 3º grado. Libertad condicional.
Gestión Ágora, Formación.
Permisos 2º grado, 3º grado. Libertad condicional.
Gestión Ágora, Formación.
http://www.eslabon.org/
WEB
Asociación Eslabón
Acompañamiento a la inserción laboral para reclusos jóvenes en
tercer grado penitenciario o en libertad condicional.
http://www.horizontesabiertos.org/
Colabora - Fundación Horizontes Abiertos
Centro de Acogida para mujeres y hombres reclusos y exreclusos.
http://www.acope.es/
ACOPE
- Asociación de Colaboradores con las Mujeres Presas
Atención a las necesidades de las mujeres que están en prisión y
de sus hijos/as.
Inserción Social y Proceso de Autonomía.
Sensibilización social.
Inserción Social y Proceso de Autonomía.
Sensibilización social.
http://www.eurosur.org/marillac/
Index
Servicio de acogida y atención social
Intervención social en prisiones.
Pisos de acogida e integración social (Pisos de Reinserción para personas reclusas y exreclusas)
Programa de formación e inserción laboral
Programa de voluntariado social
Intervención social en prisiones.
Pisos de acogida e integración social (Pisos de Reinserción para personas reclusas y exreclusas)
Programa de formación e inserción laboral
Programa de voluntariado social
http://www.apintegracion.org/quienes.html
Asociación de profesionales por la
Integración en Castilla - La Mancha:.
La Asociación de Profesionales por la Integración es una
organización sin ánimo de lucro, aconfesional, sin adscripción ideológica,
formada por profesionales de diferentes disciplinas, áreas y servicios.
Promover acciones y servicios de integración a personas en riesgo de exclusión ex-reclusos, minorías étnicas, inmigrantes .... Partiendo del respeto a la persona y el reconocimiento de su capacidad para desenvolverse autónoma y responsablemente, promueve espacios personales y sociales donde cada persona pueda ejercer libremente dicha capacidad. Aporta una visión multidisciplinar e interdisciplinar, y pretende la mejora continua en todas las acciones.
Promover acciones y servicios de integración a personas en riesgo de exclusión ex-reclusos, minorías étnicas, inmigrantes .... Partiendo del respeto a la persona y el reconocimiento de su capacidad para desenvolverse autónoma y responsablemente, promueve espacios personales y sociales donde cada persona pueda ejercer libremente dicha capacidad. Aporta una visión multidisciplinar e interdisciplinar, y pretende la mejora continua en todas las acciones.
http://www.cupif.org/
CUPIF
Realizan proyectos de intervención con reclusos y exreclusos de delitos comunes, Dirigido a delitos violentos, trabajan para la Para la reeducación y contra la violencia de género, cuentan con un programa de atención psicosocial a las familias del recluso y con Atención a adolescentes.
RECURSOS ESPECÍFICOS SIGNIFICATIVOS O DE INTERÉS:
http://fontcalent.wordpress.com/2009/03/10/asociacion-de-familiares-y-amigos-de-pacientes-ingresados-en-el-hospital-psiquiatrico-penitenciario-de-alicante/
http://www.afaprema.com/
Familiares
de presos - Página de Afaprema
http://fontcalent.wordpress.com/2009/03/10/asociacion-de-familiares-y-amigos-de-pacientes-ingresados-en-el-hospital-psiquiatrico-penitenciario-de-alicante/
Asociación de Familiares y Amigos de Pacientes ingresados en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante « Fontcalent: la cárcel
AFAPI-HPPA reivindica cubrir las necesidades de las casi 400
personas que se encuentran en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de
Alicante, que es el centro de referencia a nivel nacional para el tratamiento
de los inimputables y que atiende a pacientes de toda España.
http://www.afaprema.com/
Familiares
de presos - Página de Afaprema
Asociación de familiares y amigos de presos en Madrid .
ENLACES DE INTERÉS:
http://www.feaps.org/programas03.htm
Personas reclusas y ex-reclusas - FEAPS.
Confederación Española de Organizaciones en favor de las Personas con
DISCAPACIDAD INTELECTUAL
http://www.fundacionmanantial.org/pdf/ENLACES_INTERES_DE_AMBITO_PENITENCIARIO_2.pdf
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/portal/documentos/enlaces.html#c5
SGIP:
Enlaces de Interés (Ministerio del Interior)
http://www.derechopenitenciario.com/util/enlaces.asp
Enlaces
de interés - Derecho Penitenciario
http://www.feaps.org/programas03.htm
Personas reclusas y ex-reclusas - FEAPS.
Confederación Española de Organizaciones en favor de las Personas con
DISCAPACIDAD INTELECTUAL
Este programa se dirige a personas con discapacidad intelectual
reclusas en centros penitenciarios, bien como preventivas o cumpliendo condena,
en otras situaciones penales penitenciarias o que en breve plazo van a ser
excarceladas. Así mismo se incluyen en el programa aquellas personas que tienen
condenas cumplidas o excarceladas.
http://www.fundacionmanantial.org/pdf/ENLACES_INTERES_DE_AMBITO_PENITENCIARIO_2.pdf
Enlaces de interés ámbito penitenciario.
http://www.institucionpenitenciaria.es/web/portal/documentos/enlaces.html#c5
SGIP:
Enlaces de Interés (Ministerio del Interior)
Enlaces de interés sobre instituciones oenitenciarias
http://www.derechopenitenciario.com/util/enlaces.asp
Enlaces
de interés - Derecho Penitenciario
Enlaces de interés derecho penitenciario.
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